¿Objeción o insumisión?

Thoreau estaría alucinando viendo los discípulos que le han salido en esto de la desobediencia civil: curas y alcaldes del PP (también alguno del PSOE). Enarbolan la objeción de conciencia como razón de su negativa al cumplimiento de la ley pero lo que realmente se proponen hacer es un ejercicio de insumisión, dado que dichas razones de conciencia no están reguladas. Lo mismo sucedió en tiempos con el movimiento de insumisión al servicio militar obligatorio, los primeros objetores fueron considerados insumisos y como tal muchos dieron con sus huesos en la cárcel. Después se reguló la Objeción y un servicio social sustitutorio, surgiendo la diferencia legal entre estos y los insumisos. De manera que hasta que no podamos ver al alcalde de Valladolid o a Paco Vázquez vestidos con mono y recogiendo cacas en el parque deberían cumplir los deberes que la ley les dicta.

Los límites de lo que podría ser tipificado como objeto de conciencia son sin duda algo súmamente objetivo, pero me parece (desde mi subjetividad) una tomadura de pelo poner al mismo nivel hechos como empuñar un arma o incluso el practicar una eutanasia para un médico con casar a dos personas. En el primer caso se puede entender que alguien opine que está atentando contra un valor social y políticamente entendido como universal (véanse las declaraciones de derechos humanos varias y constituciones que pueblan el mundo),el derecho a la vida, mientras que en el segundo sólo quedan heridas sensibilidades católicas o moralistas que deben ser totalmente ajenas a la carrera pública.

Lo que de veras me preocupa es comprobar que hoy día los desobedientes son precisamente quienes son y sólo por fastidiarles-dado su alto sentido del honor y del patriotismo- me gustaría llamar su atención sobre el hecho de que lo que están haciendo es sin duda un acto de deslealtad hacia el Estado.

5 thoughts on “¿Objeción o insumisión?

  1. Me ha gustado mucho tu post, sobre todo porque me ha recordado lo que es objeción y lo que es insumisión. Algo parecido a lo que comentas está pasando hoy día con los soldados israelíes: muchos se niegan a guerrear contra los palestinos, y les está llevando incluso a la carcel…
    Saludos,
    D

  2. Extracto de entrevista a Rafael Navarro Valls, autor del libro «Las objeciones de conciencia» extraído del blog Internet Política (http://www.internetpolitica.com/archives/000266.html )
    La posible aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo ha planteado también la posibilidad de la objeción de conciencia de los jueces encargados del registro civil y de los alcaldes y concejales llamados a autorizar esos matrimonios. ¿Tiene base legal esta posibilidad?

    –Rafael Navarro Valls: La cobertura legal con la que cuentan estos hipotéticos objetores es abundante. El Tribunal Constitucional español ha dicho en su sentencia de 11 de abril de 1985 (fundamento jurídico 14): «la objeción de conciencia existe y puede ser ejercida con independencia de que se haya dictado o no tal regulación. La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocida en el art. 16.1 de la Constitución».

    A su vez, la Constitución europea (aprobada por España en referéndum) expresamente reconoce la objeción de conciencia a nivel de derecho fundamental en el artículo II-70. También el Convenio Europeo de Derechos Humanos (art. 9) y un largo etcétera de leyes y sentencias. Por ejemplo, el Tribunal Federal Norteamericano ha denominado a la libertad de conciencia «la estrella polar» de los derechos.

  3. Parece claro que el tema de la objeción de conciencia es espinoso por lo subjetivo que pueden resultar las razones que la sociedad puede aceptar como aceptable para darla por buena. Los mismos juristas no tienen una voz única, por ejemplo la asociación progresista ha manifestado que conforme a ley los alcaldes están obligados a celebrar los matrimonios homosexuales. Lo que sin embargo está claro es que todos los alcaldes (igual que los funcionarios) al tomar posesión de su cargo juran la obediencia a la ley. Ellos pueden pensar lo que quieran desde luego pero en el ejercicio de su cargo deben obediencia al Estado. A mi las actitudes de insumisión me parecen respetables e incluso a veces saludables pero abiertamente digo que los prejuicios que llevan a negarse a celebrar estos matrimonios me repugnan. No se trata de uniones canónigas, ni siquiera de matrimonios reconocidos por la Iglesia, así que no entiendo a santo de que se pueden esgrimir razones religiosas si se trata de uniones civiles (bajo una perspectiva religiosa entonces tendrían que negarse a celebrar CUALQUIER MATRIMONIO). Puestos a citar blogs me permito recomendar este post de Juan Carlos García Gómez que rebosa sentido común.

  4. los alcaldes del pp no objetaron nada cuando el anterior presidente de españa ( mejor ignorarlo ) fue a la guerra de irak apoyando al innombrable norte americano en su guerra nuclear ¿quienes estan locos? y todo por una foto y una medallita que entre todos hemos pagado, incluidos mi pareja y yo ( aunque sea homosexual ) por eso el voto si importa y ahora con las leyes haremos uso de ellas y ellos que objeten conciencia si la tienen.

  5. La objeción de conciencia debería permitirse ante acciones que dañen la integridad física de las personas,por encima de ideologías ya que si no, si a un alcalde no le gusta por cualquier motivo una unión heterosexual determinad,¿podría negarse en base a su ética?A mi me asusta que las religiones se peleen por todo pero en esta cuestión, que al fin y al cabo trata del AMOR entre dos seres,est´en tan de acuerdo.El fin del mundo se me presenta con los malos tratos,las guerras,el hambre y sobre todo, la incomprensión y los pensamientos rígidos.

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